La seguridad y el bienestar de nuestros niños son de suma importancia y reflejan tanto las expectativas sociales como los mandatos bíblicos. 1 Timoteo 3:2 y Tito 1:5-7Los líderes están llamados a ser “irreprochable” Creando un refugio seguro y enriquecedor para nuestros niños y jóvenes.
En sintonía con esto, La legislación AB-506 de California, vigente a partir del 1 de enero de 2022, establece un marco estructurado para reforzar la seguridad infantil en las organizaciones que brindan servicios a jóvenes, incluidas nuestras iglesias. Establece nuevos estándares en tres áreas importantes: Cribado, Capacitación, y Políticas, todas ellas destinadas a frenar el abuso y el abandono infantil. Cumplir con la AB-506 no se trata simplemente de cumplir con la ley, sino de vivir la esencia bíblica de la protección y la administración responsable.
Procedimientos de detección
Uno de los pasos principales para garantizar la seguridad de los niños en su iglesia es mediante una verificación exhaustiva de las personas que interactúan con ellos. La AB-506 exige que todos los administradores, empleados y voluntarios se sometan a una verificación de antecedentes para Identificar y excluir a cualquier individuo con antecedentes de abuso infantil.El requisito mínimo es realizar una verificación de antecedentes mediante huellas dactilares a través del Departamento de Justicia de California.
Sin embargo, es fundamental entender que esta verificación se limita a las condenas penales dentro de California. Para ampliar el alcance de la verificación, es recomendable continuar con las verificaciones de antecedentes habituales, que podrían incluir una búsqueda de antecedentes penales en varios estados, una verificación del registro nacional de delincuentes sexuales y búsquedas a nivel de condado en todas las regiones en las que el solicitante haya vivido, trabajado o estudiado durante los últimos siete años. De esta manera, no solo está cumpliendo con la AB-506, sino que va un paso más allá para garantizar un entorno más seguro para los niños.
Obligaciones de formación
La capacitación es una piedra angular de la AB-506, cuyo objetivo es capacitar a quienes trabajan con niños con los conocimientos y las habilidades adecuados para prevenir y denunciar el abuso y el abandono infantil. Todos los administradores, empleados y voluntarios "habituales" (definidos como cualquier persona de 18 años o más que se ofrezca como voluntario más de 16 horas al mes o 32 horas al año) deben realizar una capacitación para denunciar el abuso y el abandono infantil. Esta capacitación, a menudo denominada "Capacitación AB506“, se puede cumplir a través de cualquier curso de prevención de abuso que abarque los requisitos y procesos de denuncia de California.
Además, es beneficioso ampliar los temas de capacitación para cubrir las políticas del ministerio de protección infantil, el mantenimiento de límites apropiados con los jóvenes, el monitoreo efectivo, las prácticas de supervisión y la respuesta a las violaciones de límites y los incidentes de abuso.
Implementación de políticas
Su iglesia debe desarrollar e implementar políticas y procedimientos de prevención del abuso infantil según lo estipula la AB-506. Estas políticas deben, como mínimo, garantizar la denuncia de incidentes sospechosos de abuso infantil a las entidades correspondientes según Sección 11165.9 del Código Penal de California.
Además, es obligatorio que haya al menos dos denunciantes obligatorios presentes siempre que los empleados y voluntarios estén en contacto con niños o los supervisen. Esta doble supervisión es una medida práctica para disuadir posibles conductas indebidas y proporcionar un entorno más seguro para nuestros jóvenes.
Verificación de seguro
La ley también permite que las compañías de seguros verifiquen el cumplimiento de la AB-506 antes de proporcionar un seguro de responsabilidad civil. Este aspecto tiene como objetivo garantizar que las organizaciones cuenten con medidas sólidas para minimizar los riesgos asociados con el abuso y el abandono infantil, lo que podría afectar el acceso de su iglesia al seguro de responsabilidad civil.
Pasos a seguir
- Iniciar verificaciones de antecedentes exhaustivas para todas las personas que interactúan con niños, asegurándose de que no tengan antecedentes de abuso infantil.
- Organizar sesiones de capacitación periódicas que cumplan con la ley AB-506 para administradores, empleados y voluntarios habituales, enriqueciéndolos con el conocimiento para identificar, prevenir y denunciar el abuso y la negligencia infantil.
- Desarrollar e implementar políticas de prevención del abuso infantil, garantizando que sean accesibles y comprendidas por todas las partes interesadas.
- Asegúrese de que al menos dos denunciantes obligatorios estén presentes durante todas las actividades que involucren a niños.
- Documente su cumplimiento con AB-506 para proporcionarlo a su compañía de seguros cuando sea necesario.
Al adherirse a las estipulaciones de la AB-506, no solo se alinea con el marco legal, sino que también contribuye significativamente a crear un ambiente seguro y enriquecedor para los niños de su iglesia, encarnando el principio bíblico de ser “irreprochable”.